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Telefónica deberá devolver dinero a Vodafone, Telecable y Mediapro por el fútbol en 2015-2016
10 may 2017 - 09:26
Una de las condiciones para que Telefónica pudiera hacerse con el control de la antigua Digital+ fue que pusiera a disposición de sus competidores los contenidos premium que adquiriera. Entre ellos se encuentran los partidos de La Liga, que en 2015-2016 compró y tuvo que poner a disposición del resto. Ahora, la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) ha hecho sus cálculos, y considera que Vodafone, Telecable y Total Channel, que es el OTT de Mediapro, tienen derecho a recuperar parte de lo pagado. En cambio, Orange y Open Cable deberán pagar de más.
Los importes económicos que deberá percibir cada compañía no se han hecho públicos. Cabe recordar que para esa temporada, la multinacional española alcanzó un acuerdo con la patronal presidida por Javier Tebas para hacerse con todos los lotes de contenidos para la televisión de pago a cambio de 600 millones de euros.
En cualquier caso, Telefónica ya ha anunciado que recurrirá la resolución ante la Audiencia Nacional, ya que considera que "no es ajustada a Derecho". "Establece que el importe de los costes a repartir entre los operadores es inferior al aplicado en los contratos de licencia de los canales, lo que supone, en la práctica, negar a Telefónica el derecho a recibir un reparto equitativo y proporcionado del coste de adquisición del fútbol", critica la compañía presidida por José María Álvarez-Pallete.
El ente regulador considera que los tres primeros operadores están habilitados para reclamar un porcentaje de lo que abonaron por el coste mínimo garantizado de Canal+ Liga y Canal+ Partidazo, los dos diales que en la citada campaña emitieron todos los partidos en exclusiva. Se debe a desajustes entre lo que pagaron en previsión a su base de clientes y lo que realmente generaron por este concepto, situación a la inversa que se dio con las otras dos plataformas antes mencionadas.
En el caso de Mediapro, la CNMC señala que no se opondrá a que las dos partes “lleguen a un acuerdo bilateral específico entre ambos, ya que ese operador no ha explotado efectivamente los canales de fútbol de la oferta mayorista de Telefónica, siempre que este acuerdo no suponga un perjuicio, directo o indirecto, para el resto de operadores”.
Los desajustes se deben a que ese mínimo garantizado que la telecos española exigió a cada competidor se calcula en función de algunos elementos que pueden variar. Por ejemplo, el 75% del precio se determina en función de los abonados recurrentes a la televisión de pago de cada operador, mientras que el 20% se fija según la cuota de accesos de banda ancha fija comercializados y que pueden soportar servicios de televisión, y el 5% restante surge de la cuota de potenciales nuevos abonados al servicio de televisión.
La CNMC estableció ese mínimo para que, a cambio de obligar a Telefónica a compartir sus contenidos, el grupo español pudiera cubrir el riesgo que asume a la hora de adquirir los derechos de televisión de fútbol, Fórmula 1 o Moto GP, además de otros costes de producción de los eventos deportivos.
“La CNMC ha dictado esta Resolución como parte de la vigilancia que lleva a cabo para comprobar si Telefónica está cumpliendo con los compromisos que tiene impuestos a raíz de su adquisición de la plataforma de televisión de pago DTS en el año 2015”, indica el organismo en un comunicado.