Media
El Supremo confirma una sanción de 150.000 euros de la CNMC a Mediapro
16 dic 2015 - 15:54
Mediapro deberá pagar los 150.000 euros de sanción que le impuso la Comisión Nacional de la Competencia, ahora integrada en la CNMC, le impuso en 2010. El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso del grupo audiovisual liderado por Jaume Roures, que en 2006 acordó un pacto de no competencia con Sogecable y TV3.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo avala, por lo tanto, la emitida en su momento por la Audiencia Nacional, que en abril de 2010 declaró contrario al Tratado de la Unión Europea (UE) el pacto acordado entre las compañías respecto a la compra de los derechos de televisión de La Liga y la Copa del Rey.
La misma resolución declaró que eran acuerdos prohibidos los contratos de compra de derechos audiovisuales superiores a tres temporadas, un motivo por el que Mediapro y varios clubes de fútbol recibieron en 2012 sanciones de varios millones de euros por incumplir esta obligación.
El Supremo ha rechazado el argumento de Mediapro de que la sentencia de la Audiencia infringió el principio de legalidad porque la Ley General de la Comunicación Audiovisual de 2010 establece que los contratos de adquisición de derechos de explotación de competiciones futbolísticas podrán tener una vigencia de hasta cuatro años.