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La Cnmc multa a Telefónica por el incumplimiento del acuerdo con Dazn para la Fórmula 1
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha sancionado a la compañía de telecomunicación con cinco millones de euros por incumplimir compromisos, que se suman a los seis millones de euros de multa del pasado marzo.
1 ago 2023 - 10:59
La Cnmc vuelve a cargar contra Telefónica. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (Cnmc) ha sancionado a la compañía de telecomunicación por incumplir de nuevo los compromisos firmados y aprobados por ambas entidades en abril de 2015, tras la compra de DTS. La sanción hace referencia a las condiciones del acuerdo entre Telefónica y el servicio de streamig Dazn para adquirir en exclusiva los derechos de emisión de la Fórmula 1 en la que se vulneran algunos de los compromisos alcanzados en 2015, y la cifra de la multa asciende hasta los cinco millones de euros.
El acuerdo entre Dazn y Telefónica cedía al primero, en exclusiva, los derechos de emisión de la Fórmula 1 para las temporadas 2021, 2022 y 2023, un pacto que permitía acceder a Telefónica a todos los contenidos de Dazn. El organismo regulador de los mercados y la competencia señala que Telefónica no ha cumplido con el acuerdo alcanzado con Dazn, en concreto con el compromiso 2.9, que obliga a Telefónica a poner a disposición de otros operadores de televisión de pago españoles una oferta mayorista de canales propios premium, considerando dentro de este último grupo aquel que incluya algún evento deportivo en directo de Fórmula 1.
Además, la Cnmc acusa a Telefónica de vulnerar el compromiso 2.10 del acuerdo, que prohíbe a la compañía de telecomunicación la adquisición y explotación de derechos exclusivos de emisión de canales de televisión editados por terceros. Además, Competencia indica que tampoco respeta el anexo que tiene en cuenta un sistema para establecer el precio de determinados canales de la oferta mayorista de canales premium, entre los que se encuentra la Fórmula 1, Moto GP o el Fútbol. Según este anexo, “el precio para los operadores que deseen contratarlos estará sujeto a un sistema de Coste Mínimo Garantizado (CMG) que pretende compartir el riesgo que asume Telefónica al adquirir los derechos de emisión exclusiva en España de los citados contenidos audiovisuales”.
Según la Cnmc, el incumplimiento de las cláusulas establecidas supone una infracción muy grave en virtud del artículo 62.4.c de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC)
Los compromisos entre ambas entidades tenían una vigencia inicial de cinco años, hasta abril de 2020, pero la Cnmc los prorrogó en julio de 2020 por tres años más, contando con el visto bueno de la Audiencia Nacional. A este proceso se le suma el acontecido en marzo de este mismo año, por el que la Cnmc consideraba en su comunicado que las condiciones de la oferta comercial empaquetada de Movistar Fusión con alquiler de un smartphone vulneraban el compromiso 1.1, al considerarse una política de permanencia indirectamente asociada a la televisión de pago. En ese caso, la multa ascendió hasta los seis millones de euros.
Para responder a esta resolución, Telefónica tiene dos meses a partir del día siguiente de su notificación para interponer un recurso ante la Audiencia Nacional, como ha hecho con todas las multas que le han llegado de la Cnmc.