Entorno

Los gestores deportivos de Cataluña afrontan la entrada en vigor del régimen sancionador administrativo

Desde 2008, la Ley de las Profesiones del Deporte de Cataluña obliga a que los técnicos y socorristas estén inscritos en el Registro Oficial de Profesionales del Deporte (Ropec), pero no será hasta enero cuando se empezará a sancionar por la vía administrativa su incumplimiento.

Palco23

16 oct 2018 - 13:33

A partir de enero de 2019, se sancionará a los profesionales deportivos que ejerzan en Cataluña y no estén registrados en el Ropec

 

 

A partir de enero, los técnicos y gestores de clubes deportivos que incumplan la Ley de las Profesiones del Deporte en Cataluña serán sancionados por la vía administrativa. En 2019 entra en vigor el régimen sancionador de una norma que fue aprobada en 2008, pero que hasta ahora ha ido acumulando suspensos y moratorias.

 

Como resultado, cualquier entidad deportiva de Cataluña podrá ser denunciada y la Administración tendrá la obligación de actuar que si contrata a un técnico o socorrista que no está dado de alta en el Registro Oficial de Profesionales del Deporte (Ropec). Hasta ahora, este tipo de ilegalidades se tramitaban por lo penal, pero a partir de enero podrá hacerse por la vía administrativa. Las sanciones pueden ser desde multas y sanciones hasta inhabilitaciones.

 

Esta norma afecta a cualquier persona que esté trabajando en el ámbito del deporte en Cataluña, ya sea en un gimnasio, como entrenador de fútbol, monitor de hípica o socorrista. “Todos deben estar inscritos en el Ropec. Quienes no lo estén, a partir de enero se verán expuestos a riesgos que puedan suponerles un problema, como una inhabilitación”, explica a Palco23 Toni Brocal, presidente de la Patronal Catalana de Centros de Fitness (Adecaf).

 

 

 

 

Para dar a conocer las implicaciones de la entrada en vigor del régimen sancionador administrativo, la patronal organizará el próximo 26 de octubre la jornada Final del tiempo añadido. El acto, que contará con la participación del Colegio de profesiones de Cataluña (Coplefc) y la Escola Catalana de l’Esport, aclarará las dudas sobre el estado actual de la Ley, los requisitos que deben cumplir los profesionales y la regulación que afecta a los socorristas.

 

Este colectivo se vio afectado por un cambio en la Ley en 2015; desde entonces, para ejercer este trabajo es por cursar un grado superior, y ya no basta tener un título acreditado por la Cruz Roja, las escuelas privadas o la Federación Catalana de Socorrismo.

 

En otras profesiones deportivas, la patronal y el Coplefc recuerdan que para cumplir la legislación actual es necesario estar registrado en el Ropec. Los licenciados en Inefc cumplen con este requisito por la obligación de estar colegiados, ya que el colegio hace la gestión indirecta de dicho registro.

 

Los técnicos superiores o de grado medio deben inscribirse por sí mismos en el Ropec, mientras que las personas que tienen experiencia o formación no formal deben cumplir el proceso de acreditación de competencias para poder inscribirse. Es el procedimiento que solventó Magali Dalix, profesora de actividad física en el programa de televisión de Operación Triunfo. La entrenadora contaba con formación y experiencia, pero el año pasado Colefc denunció que no cumplía con los requisitos por no estar inscrita en el Ropec.